Año 2026 · Nº 2965
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Economía

SCJN ordena juzgar desapariciones de defensoras con perspectiva de género

El pleno de la Suprema Corte estableció que los casos de desaparición de mujeres defensoras requieren obligatoriamente un análisis con enfoque de género e interseccionalidad.

Redacción El Mensajero
Foto: forbes.com.mx

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución determinante que obliga a todas las autoridades judiciales del país a juzgar los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos bajo una perspectiva de género e interseccionalidad. Esta decisión establece que la aplicación de este enfoque no es una facultad discrecional, sino un mandato constitucional esencial para garantizar el acceso a la justicia y la reparación integral del daño en contextos de vulnerabilidad extrema. Con este fallo, los jueces deberán considerar las condiciones específicas de riesgo y violencia diferenciada que enfrentan las mujeres activistas por su labor y su identidad.

La sentencia subraya que el análisis de estos expedientes no puede limitarse a una revisión procedimental ordinaria, sino que exige una investigación exhaustiva sobre cómo el género y otros factores sociales, como la pertenencia a comunidades indígenas o la ubicación geográfica, inciden en la comisión del delito. La Corte enfatizó que las autoridades ministeriales y judiciales deben adoptar protocolos que identifiquen las barreras estructurales que históricamente han impedido la resolución efectiva de estos casos. Esta directriz busca transformar los estándares probatorios dentro de las fiscalías, exigiendo que se agoten todas las líneas de investigación que pudieran estar vinculadas con la labor de defensa de derechos realizada por la víctima.

El alcance de esta resolución impacta directamente en las actuaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) y de las fiscalías estatales, las cuales deberán adaptar sus procesos internos para alinearse con los nuevos criterios de la SCJN. Los ministros señalaron que la omisión de este enfoque de género constituye una violación grave a los derechos humanos, ya que perpetúa la impunidad y revictimiza a quienes han sido reportadas como desaparecidas. El cumplimiento de esta disposición será fundamental para que el Estado mexicano avance en la debida diligencia frente a una crisis que afecta desproporcionadamente a las mujeres que alzan la voz en sus comunidades.

Esta determinación judicial se suma a los esfuerzos institucionales por armonizar la legislación nacional con los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por México. Organizaciones de la sociedad civil han señalado que este precedente es un paso necesario para desarticular las redes de violencia que buscan silenciar a las defensoras, permitiendo que la justicia sea accesible y efectiva. En los próximos meses, las autoridades judiciales deberán rendir cuentas sobre la implementación de estos nuevos lineamientos en los expedientes en curso a nivel nacional.

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